lunes, 12 de junio de 2017

EL PERÚ TIENE 1.69 MILLONES DE COOPERATIVISTAS Y S/. 10,620 MILLONES, INFORMA LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó que 1.69 millones de socios de las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac) tienen invertidos 10,620 millones de soles en depósitos y patrimonio a marzo de este año. “Los casi 1.69 millones de socios de las cooperativas de ahorro y crédito tienen invertidos 10,620 millones de soles a marzo pasado, de los cuales 8,340 millones corresponden a depósitos y 2,280 millones a patrimonio”, dijo el superintendente adjunto de Asuntos Internacionales, Capacitación y Comunicaciones de la SBS, Oscar Basso. En ese sentido, informó que el proyecto de ley, presentado al Congreso, que propone modificaciones a la Ley 27602, Ley General del Sistema Financiero, de Seguros y Orgánica de la SBS, para incluir precisiones sobre la regulación y supervisión de las Coopac tiene un esquema de tres tamaños de cooperativas en función al total de los activos de las cooperativas.

De esta manera, explicó que las Coopac más pequeñas (nivel 1) son las que cuentan con activos de hasta 600 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), las mismas que tendrán una supervisión básica, con apoyo de Fenacrep, y podrán realizar operaciones (financieras) simples.
En tanto que las Coopac medianas (nivel 2) que cuenten con activos entre 600 y 65,000 UIT, tendrán una supervisión técnica prudencial, con apoyo de la Fenacrep, y podrán realizar operaciones adicionales más complejas, señaló. 
Mientras que las Coopac más grandes (nivel 3) que tengan activos superiores a las 65,000 UIT, tendrán una supervisión técnica prudencial directa de la SBS y podrán realizar operaciones adicionales más complejas a las de los dos primeros niveles, indicó.
Productos de cooperativas pequeñas
De esta manera, informó que de acuerdo a la iniciativa, las cooperativas de ahorro y crédito más pequeñas podrán recibir depósitos de sus socios (no cuentas corrientes ni depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios o CTS) y otorgar a sus socios créditos directos, con o sin garantía.

También podrán brindar avales y fianzas a sus socios, a plazo y monto determinados (no válidos para procesos de contratación con el Estado), operar en moneda extranjera, efectuar operaciones de descuento y factoring con sus socios, entre otros. 
Productos de cooperativas medianas
Basso señaló que este tamaño de cooperativas podrá realizar las operaciones de las más pequeñas y además, podrán recibir depósitos CTS de sus socios y otorgar avales y fianzas a sus socios, a plazo y monto determinados (válidas para procesos de contratación con el Estado).
También podrán llevar adelante operaciones de arrendamiento financiero y capitalización inmobiliaria con sus socios, expedir y administrar tarjetas de débito, previa autorización de la SBS, y contratar forwards (coberturas) de moneda extranjera, previa autorización de la SBS, entre otras, dijo.
Productos de cooperativas grandes
Basso señaló que este tamaño de cooperativas podrá realizar las operaciones de las medianas y además, podrán abrir cuentas corrientes (sujeto a opinión del Banco Central de Reserva o BCR) y expedir y administrar tarjetas de crédito, de acuerdo a las disposiciones que emita la SBS.
También podrán emitir títulos de crédito hipotecario negociables a sus socios y actuar como fiduciarios en fideicomisos cuyos fideicomitentes y/o fideicomisarios sean sus socios, entre otras, indicó en el seminario internacional “Regulación y Supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, Experiencias en Europa y América Latina”.
Seguro de Depósito de cooperativas
En otro momento, señaló que este proyecto también contempla la creación del Fondo de Seguro de Depósitos de las Coopac, siendo miembros las Coopac que capten depósitos de sus socios. “Y para que los depósitos se encuentren asegurados, deben realizar aportaciones al Fondo durante 24 meses”, dijo. 
Adecuación y entrada en vigencia
Una vez aprobada esta propuesta normativa la SBS tiene plazo de 180 días para publicar el reglamento, indicó Basso, quien señaló que luego las cooperativas contarán con 20 días calendario para inscribirse en el Registro Nacional de Coopac.
Asimismo, refirió que las Coopac constituidas con anterioridad tendrán un plazo de 90 días calendario para inscribirse en el Registro Nacional de Coopac. 
Agregó que, durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigencia de la ley, de aprobarse en el Congreso, la supervisión de todas las Coopac se realizará con el apoyo técnico de la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú (Fenacrep). 
Fusiones de cooperativas
En otro momento, comentó que, de un total de 612 cooperativas de ahorro y crédito conocidas, sólo 159 supervisadas por la Fenacrep realizan actualmente cierto tipo de provisiones, aunque no iguales a las requeridas a los actores del sistema financiero supervisados por la SBS. 

Finalmente, comentó que podrían acontecer fusiones de cooperativas, tras la aprobación de esta norma en el Congreso, “lo cual dependerá de las cooperativas”. 

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